12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Creg fija metodología para calcular obligaciones de procesos judiciales que deben ser registrados en el E-Kogui

19 de Febrero de 2024

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Nota:
173061

A través de una resolución, la Comisión de Regulación de Energía y Gas adoptó la metodología de reconocido del valor técnico para el cálculo de la obligación contingente de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales que se adelanten contra la entidad y deban ser registradas en el sistema E-Kogui.

Según la norma, “esta metodología excluye a los procesos en los cuales la entidad actúa en calidad de demandante, aquellos en donde no hay pretensión económica que genere erogación, las conciliaciones judiciales y los trámites relacionados con extensión de jurisprudencia. (Lea: Metodología para el cálculo de la provisión contable de procesos judiciales, trámites arbitrales y conciliaciones extrajudiciales de Supersociedades)

Tras la contestación de la demanda se debe realizar el registro contable, en el evento en el que se profiera una sentencia o cuando en el proceso existan elementos probatorios, jurisprudenciales y sustanciales que modifiquen su probabilidad de pérdida.

En este sentido, se deberá actualizar la provisión contable. En todos los casos, deberán ser los apoderados de cada proceso los encargados de evaluar la calificación del riesgo procesal y junto con el área financiera determinar la provisión contable con el objetivo de que haya congruencia entre estos dos elementos”, expresa el documento.

La metodología consta de cuatro pasos en los que deben actuar el apoderado del proceso y el encargado del área financiera:

1) Determinar el valor de las pretensiones.

2) Ajustar el valor de las pretensiones.

3) Calcular el riesgo de condena.

4) Registrar el valor de las pretensiones.

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