General
Colegios deberán comenzar a impartir la cátedra de la paz
Los establecimientos deberán incorporar la materia dentro del plan de estudios antes del 31 de diciembre de este año.
27 de Mayo de 2015
La cátedra de la paz será obligatoria en todos los establecimientos educativos de preescolar, básica y media de carácter oficial y privado, en los términos de la Ley 1732 del 2014. Esta asignatura deberá fomentar el proceso de apropiación de conocimientos y competencias relacionados con territorio, la cultura, el contexto económico y social y la memoria histórica.
Según el Decreto 1038, dentro de sus objetivos fundamentales estará contribuir con el aprendizaje, la reflexión y el diálogo sobre los siguientes temas: cultura de la paz, educación para la paz y desarrollo sostenible.
Así mismo, todas las instituciones educativas deberán incluir en sus planes de estudio la materia antes del 31 de diciembre de este año y deberá estar articulada con alguna de las siguientes áreas del conocimiento: ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia; ciencias naturales y educación ambiental, o educación ética y en valores humanos.
Al respecto, la ministra de Educación, Gina Parody, dijo que la implementación de esa asignatura contribuirá a la formación de competencias ciudadanas en todos los estudiantes del país que contribuyan a la solución pacífica de conflictos cotidianos y a generar ambientes propicios de estudio lejos de factores como el matoneo o la violencia.
A partir del año 2016, el Icfes incorporará dentro de las Pruebas Saber 11º, en su componente de competencias ciudadanas, la evaluación de los logros correspondientes a la cátedra.
En el caso de la educación superior y en respeto del principio de la autonomía universitaria, las instituciones la desarrollarán en concordancia con sus programas académicos y su modelo educativo, para lo cual podrán definir las acciones que permitan a la comunidad contar con espacios de aprendizaje, reflexión y diálogo para la vivencia de la paz.
En cuanto a la estructura y contenido, la norma puntualiza que los establecimientos educativos determinarán los contenidos de la cátedra, los cuales deberán estar orientados al logro de los objetivos consagrados en la Ley 1732 y deberán desarrollar, al menos, dos de las siguientes temáticas:
- Justicia y Derechos Humanos.
- Uso sostenible de los recursos naturales.
- Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación.
- Resolución pacífica de conflictos.
- Prevención del acoso escolar.
- Diversidad y pluralidad.
- Participación política.
- Memoria histórica.
- Dilemas morales.
- Proyectos de impacto social.
- Historia de los acuerdos de paz nacionales e internacionales.
- Proyectos de vida y prevención de riesgos.
Mineducación, Decreto 1038, 5/25/2015
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