CNSC reglamenta administración y manejo del banco nacional de listas de elegibles
31 de Mayo de 2024
La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) reglamentó la administración, conformación, organización y manejo del banco nacional de listas de elegibles para el sistema general de carrera administrativa y sistemas específicos y especiales de origen legal.
Según el documento, las listas de elegibles producto de los procesos de selección que adelanta la CNSC se publicarán en su página web. Una vez disponibles, la respectiva comisión de personal de las entidades nominadoras que ofertaron empleos y vacantes en los procesos de selección a través del sistema Simo podrán solicitar a la CNSC, dentro de los cinco días hábiles siguientes, la exclusión de la persona o personas que la integren cuando haya comprobado cualquiera de las causales establecidas en el artículo 14 del Decreto Ley 760 del 2005. (Lea: Inscríbase al concurso de méritos para seleccionar tres procuradores delegados)
Para proveer empleos de plantas temporales, las entidades públicas deberán solicitar a la CNSC, a través de la ventanilla única, las listas de elegibles vigentes de su entidad que hagan parte del banco nacional de listas de elegibles y que correspondan a un empleo con igual denominación, código y asignación básica del que se va a proveer.
La vigencia de la lista de elegibles es el periodo durante el cual esta tiene plenos efectos jurídicos para ser utilizada, término que dependerá del sistema de carrera para el que fue conformada; esto es, sistema general de carrera administrativa o sistemas específicos y especiales de origen legal. Tratándose del sistema general de carrera, la lista de elegibles tendrá vigencia de dos años contados a partir de la fecha en la que todas las posiciones que la componen adquieran firmeza.
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