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General


Animales dejarían de ser calificados como muebles

Se pide a la Corte Constitucional que declare inexequibles los artículos del Código Civil que los nombra inmuebles por destinación.
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16 de Marzo de 2016

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Una demanda radicada a fines del año pasado ataca, parcialmente, los artículos 655 y 658 del Código Civil, relacionados con los bienes y su dominio, posesión, uso o goce.

 

El primero de ellos califica a los animales como muebles, mientras que el segundo señala que aquellos que se guardan en conejeras, pajareras, estanques, colmenas y otros vivares, y que se adhieran al suelo, sean parte de este o de un edificio son inmuebles por destinación.

 

A juicio de los demandantes, se viola la protección del medio ambiente, los recursos naturales, los ecosistemas y seres vivos a la luz de los valores, principios y reglas de la Constitución (demandantes: Ricardo Cañón y Camilo Araque).

 

(Corte Constitucional, Demanda D-11189, Dic. 15/15 )

 

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