Sena no puede multar a empresas comerciales e industriales del Estado que no contraten aprendices: Consejo de Estado (12:55 p.m.)
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11 de Enero de 2013
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La Sección Primera del Consejo de Estado concluyó que el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) no está facultado para sancionar pecuniariamente a empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) que no contraten a sus aprendices. La corporación sostuvo que, de hacerlo, se desconocería la declaratoria de inexequibilidad del artículo 103 del Decreto 266 del 2000. De hecho, en el proceso objeto del pronunciamiento, el Consejo de Estado encontró que el Sena impuso una multa a la desaparecida Telecom basándose en esta normativa, sin tener en cuenta su inconstitucionalidad. En este caso, sostuvo, también se desconoció un precedente judicial, pues no se tuvo en cuenta que mediante el fallo 5555 del 2000 la propia Sección Primera concluía que las EICE, como en el caso de Telecom, no estaban obligadas o contratar aprendices. (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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