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Recuerdan qué se debe probar para el éxito de la protección reforzada por maternidad (2:15 p.m.)

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25 de Febrero de 2015

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La protección reforzada que se deriva de la maternidad en caso de cesación de una alternativa laboral requiere que se pruebe la existencia de la relación laboral y el estado de embarazo dentro de los tres meses siguientes al parto o en vigencia de dicha relación laboral o de prestación. El alcance de la protección se determina por la modalidad de contrato y según si el empleador conocía o no del estado de embarazo de la empleada al momento de la desvinculación. Así lo reiteró la Sección Quinta del Consejo de Estado al referirse a la Sentencia SU-070 del 2013. En este contexto, señaló las sentencias que precisan el contenido y el alcance de los derechos constitucionales, que si bien constituyen criterio auxiliar de la actividad judicial según lo dispone el artículo 230 de la Carta Política, también tienen fuerza vinculante en materia de interpretación judicial, en tanto construyen doctrina constitucional con carácter de unificación: sentencias T-260 de 1995 y C-037 de 1996 (M. P. Susana Buitrago Valencia).

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