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Procuraduría respalda exclusiones para participar en alianzas público privadas (8:00 a.m.)

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09 de Febrero de 2015

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El Ministerio Público solicitó declarar exequible la norma que excluye como contratistas de las alianzas público privadas a las sociedades de economía mixta con participación estatal menor al 50 %, a las empresas de servicios públicos domiciliarios y las empresas industriales y comerciales del Estado con actividades comerciales en mercados regulados (parágrafo del artículo 8º de la Ley 1508 del 2012). A su juicio, no se afecta la libre concurrencia, en tanto que lo demandado no impide que tales sociedades  accedan a esta modalidad de contratación, ya que pueden hacerlo representando el extremo privado de la respectiva coalición. De ahí que el texto demandado no atente contra los principios de igualdad (artículo 13 de la Constitución), ni la libre competencia (artículo 133), dice el concepto; la disposición prohíbe su participación como contratantes, pero no como contratistas, destacó. La ponencia corresponde al magistrado Luis Ernesto Vargas.

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