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Procuraduría pidió mantener norma que exige estar al día en el pago de multas de tránsito para poder renovar la licencia de conducción (10:18 a.m.)

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31 de Agosto de 2012

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Exigir al conductor estar al día en el pago de las multas por infracciones de tránsito para que pueda sustituir, renovar o recategorizar su licencia de conducción no vulnera el derecho al trabajo de las personas que derivan su sustento de la conducción de vehículos de servicio público. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación al pedirle a la Corte Constitucional que declare exequibles las expresiones de los artículos 4 de la Ley 1383 del 2010 y 197 y 198 del Decreto Ley Antitrámites (019 del 2012). Según el Ministerio Público, la exigencia de estar al día no necesariamente implica el pago total de la deuda, sino que hace referencia también a la posibilidad de celebrar convenios o acuerdos de pago y de cumplir con los pagos parciales convenidos. Señaló además que la capacidad de pago de estos conductores no es nula y que pueden disminuir el importe de las multas a pagar, a través de cursos impartidos por las autoridades de tránsito.

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