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Procuraduría pidió la constitucionalidad de la norma que prohíbe contratar a través de las cooperativas de trabajo solo a partir del 1° de julio del 2013 (2:14 p.m.)

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20 de Abril de 2011

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La prohibición de contratar personal para actividades misionales permanentes por medio de cooperativas de trabajo asociado o cualquier modalidad que afecte los derechos de los trabajadores, que entrará a regir a partir del 1° de julio del 2013, no vulnera los derechos de acceso a la carrera administrativa. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación, al pedirle a la Corte Constitucional que declare exequible el parágrafo transitorio del artículo 63 de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 del 2010), que fija dicho término. El Ministerio Público dijo que no se requiere esperar hasta el 1° de julio del 2013 para controlar la conducta irregular de entidades que no escogen a sus servidores sobre la base del mérito, sino a través de cooperativas.

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