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Procuraduría pide mantener la norma del Decreto Ley Antitrámites que ordena la revisión técnico mecánica de vehículos nuevos a partir del sexto año (10:40 a.m.)

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23 de Agosto de 2012

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Según la Procuraduría General de la Nación, disponer que los vehículos nuevos de servicio particular deben someterse a su primera revisión técnico mecánica a partir del sexto año, contado desde la fecha de su matrícula, no vulnera el deber del Estado de garantizar la buena calidad de los bienes y servicios, los derechos a la vida y a gozar de un ambiente sano. Por tal razón, el Ministerio Público le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo 202 del Decreto Ley Antitrámites (Decreto Ley 019 del 2012). Explicó la Procuraduría que es irrazonable pensar que los vehículos comercializados en Colombia no cumplen con los estándares internacionales de seguridad y bajo impacto ambiental, por lo que exigir la revisión cada dos años, como lo establecía la anterior normativa, no corresponde a esa realidad del mercado automotriz. Además, no existe evidencia científica ni técnica documentada que refleje que la revisión a los seis años impacta el medio ambiente.

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