Procuraduría explica por qué Corte Constitucional no debe examinar régimen pensional de personal ejecutivo de la Policía (8:56 a.m.)
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02 de Septiembre de 2014
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Para la Procuraduría, la acción pública de constitucionalidad no puede ser ejercida para que la Corte Constitucional fije reglas jurisprudenciales que le permitan pronunciarse sobre actos atípicos. Ello frente a la providencia de admisión de una acción contra el régimen de pensiones de quienes ocupan cargos ejecutivos en la Policía Nacional, ya que se controvierte una decisión proferida mediante decreto (artículos 1º y 2º del Decreto 1858 del 2012). Así las cosas, la Procuraduría le pidió a la Sala Plena que rechace la demanda interpuesta contra este régimen, pues se trata de una actuación administrativa que, en tanto tal, escapa a las competencias de la Corte.
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