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Prescripción para interviniente en el delito es cuatro veces menor a la del autor (3:07 p. m.)

100538

20 de Marzo de 2015

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Esto en aplicación del artículo 30 del Código Penal (Ley 599 del 2000), precisó la Corte Suprema de Justicia. La Sala Penal señaló que para el autor del contrato sin cumplimiento de requisitos legales de servidor público los términos son de 16 años en periodo de instrucción y de 10 en juicio, mientras que para el interviniente el tiempo para el ejercicio de la acción penal vence a los cinco años. El fallo recuerda que el artículo 83 de la Ley 599 del 2000 le da al fenómeno prescriptivo límites equivalentes al máximo de la pena, rango que no debe ser inferior a los cinco años ni superior a los 20. En este caso, la Sala casó parcialmente la condena impuesta al responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en calidad de interviniente, ya que se le impuso cuando el caso había prescrito (M. P. Eyder Patiño Cabrera).

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