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Órdenes orientadas a solicitar colaboración con el volumen de trabajo no constituyen por sí solas acoso laboral (4:56 p.m.)

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30 de Julio de 2012

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El Consejo Superior de la Judicatura señaló que el artículo 2° de la Ley 1010 del 2006 establece las modalidades de acoso laboral, por lo que al estudiar una conducta denunciada como de esta naturaleza debe encuadrarse en alguna de las enlistadas en esa norma. En ese sentido, aclaró que las órdenes que el superior imparta orientadas a solicitar la colaboración con el volumen de trabajo no constituyen por sí solas acoso laboral. De esta forma, la corporación explicó que estas conductas son aquellas que atentan contra el trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad, la honra y la salud mental de los trabajadores, empleados y contratistas (M.P. Jorge Armando Otálora Gómez).

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