11 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Niegan suspensión provisional de norma que condicionó administración de bienes del Frisco, por carencia de objeto (11:43 a.m.)

14 de Mayo de 2015

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Nota:
100546
Un auto unitario de la Sección Primera del Consejo de Estado negó la suspensión provisional del numeral 3° del artículo 4° del Decreto 1335 del 2014, el cual condicionó la administración por parte de la Sociedad de Activos Especiales de los bienes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco) a la entrega de aquellos por parte de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), según el cronograma previsto por el liquidador de esta última entidad. De acuerdo con la providencia, la DNE ya está liquidada y, además, se efectuó la entrega completa de los bienes del Frisco, por ende, los efectos del acto acusado ya se cumplieron, esto es, la prórroga de la liquidación de aquella, lo cual ocurrió el 30 de septiembre del 2014. En consecuencia, existe carencia de objeto, por sustracción de materia, que impide decretar la medida cautelar, concluyó (C. P. María Elizabeth García).

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