Modifican listado censal para reporte de información de las Farc a las EPS (10:32 a.m.)
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15 de Febrero de 2017
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El Ministerio de Salud modificó el artículo 3° de la Resolución 6057 del 2016, por medio de la cual se fijan los parámetros del listado censal para el reporte de información relacionada con los miembros de las Farc en el sistema de salud. En la modificación se indicó que el Comisionado de Paz deberá remitir al Ministerio de Salud, antes del día 20 de cada mes, el listado censal y los datos correspondientes a la población de los miembros de las Farc. De acuerdo a esto, en el Anexo 1 deberá aparecer cada miembro de las Farc que se pretende afiliar al SGSSS por primera vez, y en el Anexo 2, la actualización de la información del archivo maestro de ingreso. Finalmente, la información remitida por el Comisionado de Paz a Minsalud será enviada a su vez a las EPS para efectuar los procesos de actualización respectivos.
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