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Minvivienda hizo ajustes en la operación del subsidio familiar de vivienda

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03 de Diciembre de 2020

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Dada la coyuntura económica actual, el Ministerio de Vivienda modificó el Decreto 1077 del 2015, en lo relacionado con los requisitos de acceso al subsidio familiar de vivienda, el subsidio en modalidad de arrendamiento y los plazos de vigencia del mismo, así como los relacionados con proyectos integrales y devolución de recursos de promoción de oferta. Las cajas de compensación familiar podrán otorgar las ayudas de arrendamiento temporal, para lo cual definirán a través de sus consejos directivos el monto del respectivo Fondo para vivienda de interés social (Fovis) que destinarán para tal efecto, así como el valor a asignar y el tiempo del mismo, los cuales en todo caso no podrán ser superiores al límite establecido. Las entidades podrán prorrogar la vigencia de las ayudas de vivienda asignadas a sus afiliados por un plazo no superior a 24 meses. La vigencia, cuyo plazo inicial se haya vencido con anterioridad al 12 de marzo del 2020, podrá prorrogarse hasta por 36 meses.

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