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Mincomercio convoca a empresarios y a la academia a identificar circulares obsoletas

22 de Septiembre de 2020

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El Ministerio de Comercio modificará o derogará las circulares obsoletas expedidas que sean identificadas por empresarios y ciudadanos.

 

La entidad abrió una convocatoria para que los ciudadanos identifiquen las circulares obsoletas, es decir, aquellas que correspondan a condiciones de mercado que ya no existen, otras cuyo contenido fue rebasado por el avance de la tecnología o las que eran de carácter transitorio, pero aún no han sido derogadas y, por ende, hoy en día resultan obsoletas. (Lea: ¿DUR del sector Justicia requiere cambios?)

 

Lo anterior con el fin de evaluarlas y posteriormente intervenirlas, además de alivianar las cargas y dar seguridad jurídica en ordenamiento normativo.

 

“Desde un principio convocamos a gremios, ciudadanos, academia y empresarios para que nos ayudaran a identificar trámites, barreras y normas donde se requerían acciones de racionalización. Así diseñamos las agendas sectoriales que poco a poco se han ido cumpliendo”, recordó el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo.

 

La nueva iniciativa también forma parte de la estrategia “Estado Simple, Colombia Ágil” y consiste en un ejercicio participativo de mejora regulatoria a través de depuración normativa.

 

¿Cómo participar?

 

Los colombianos tienen la posibilidad de conectarse a http://servicios.mincit.gov.co/CircularesObsoletas/login.php, donde a través de un sencillo aplicativo podrán registrarse y postular las circulares obsoletas.

 

El sector Comercio, industria y turismo hará un reconocimiento público de las participaciones que conlleven a una intervención. La entidad recibirá postulaciones hasta el próximo 30 de septiembre.

 

Del 5 al 23 de octubre del 2020, se adelantará una revisión por parte de cada una de las superintendencias, viceministerios y Secretaría General del Ministerio de Comercio, en donde se determinará la viabilidad de las propuestas presentadas, y se preparará el instrumento jurídico para modificarlas o derogarlas.

 

Criterios a tener en cuenta

 

Foto1 Mincomercio

 

  1. Genera costo: la circular genera costo innecesario para quienes deben cumplirla.

     
  2. Carece de claridad: en la medida que no instruya a los vigilados sobre cómo deben cumplir sus obligaciones legales, o en la medida que no corresponda a la imposición de mecanismos de vigilancia eficientes.

     
  3. Evolución del mercado: se presenta cuando las condiciones en el mercado que dieron origen a la regulación han dejado de existir o cuando dicho mercado evoluciona o deja de existir, de tal manera que es inviable continuar con la aplicación de la norma existente o se ha presentado desuso de uno o varios artículos.

     
  4. Evolución tecnológica: corresponde a la implementación de tecnologías que han modificado ciertas características de la presentación de servicios propios del sector o que han transformado los modelos de negocio de los agentes involucrados directa o indirectamente.

     
  5. Duplicidad normativa: hace alusión a la existencia de dos o más disposiciones normativas que cumplen funciones iguales o similares, por cuanto una de ellas se puede considerar como no aplicable o redundante.

     
  6. Disposiciones transitorias: se refiere aquellos artículos o disposiciones que eran aplicables durante un periodo de tiempo determinado y dicho periodo ya finalizó.

 

Mincomercio, Comunicado, Sep. 21/20.

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