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Magistrada Stella Conto muestra sus reservas frente a resolución de impedimentos del caso Petro (11:41 a.m.)

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27 de Febrero de 2014

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Tras el rechazo de los impedimentos presentados por ocho magistrados para conocer la tutela contra la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, la magistrada Stella Conto sostuvo que el solo hecho de haber exteriorizado la necesidad de apartarse “da paso a que se desvirtúe la imparcialidad propia de su investidura”; por eso, a su juicio, la sala ha debido cambiar su jurisprudencia y aplicar la postura del ponente Guillermo Ayala, según la cual el reconocimiento de una causal de impedimento por parte del propio afectado es suficiente para que se ordene la separación del juez del respectivo caso. Adicionalmente, sostuvo que no había motivos para que el plenario se alejara del precedente judicial a partir del cual tales impedimentos son resueltos exclusivamente por el ponente y no por la sala, de acuerdo con el artículo 1395 del Código de Procedimiento Civil. Aunque la jurista solo se refiere al caso de Luis Rafael Vergara, de haberse aplicado el precepto que defiende, la corporación se habría visto obligada a nombrar conjueces, ya que el sustanciador proponía aceptar todos los impedimentos. Finalmente, objetó la posibilidad de acumular las pretensiones, cuestión que en el caso concreto no fue resuelta, según afirma, pues, a su juicio, esta potestad no cabe frente a la acción de tutela, pero si así se admitiera, como lo decidió la sala, esta no motivó su conclusión, como era su deber (C. P. Alfonso Vargas).

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