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Lista sentencia que declaró constitucional responsabilidad personal por mal uso de la facultad disciplinaria (3:46 p.m.)

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30 de Abril de 2014

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Cuatro meses después de dar a conocer la decisión en comunicado de prensa, la Corte Constitucional oficializó la sentencia que declaró exequible la expresión “será responsabilidad personal del funcionario competente”, del inciso 3º del artículo 157 del Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002), que señala que el auto que decreta la suspensión provisional en desarrollo de un proceso disciplinario será de “responsabilidad personal” del funcionario competente. En su opinión, este tipo de responsabilidad se refiere a la disciplinaria predicable del mal uso de la facultad, por ejemplo por extralimitación de funciones. De esta manera, precisó que la norma no puede interpretarse como responsabilidad patrimonial por daño jurídico indemnizable. María Victoria Calle aclaró el voto y Luis Guillermo Guerrero presentó salvamento de voto (M. P. Alberto Rojas Ríos).

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