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Investigaciones sobre la responsabilidad fiscal por destinación de bienes donados por la DIAN deben ser asumidas por la jurisdicción contencioso administrativa (4:21 p.m.)

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25 de Mayo de 2010

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Según el artículo 2º del Decreto 4480 del 2005, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) puede donar las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a las entidades públicas nacionales, departamentales o municipales, señaló la Contraloría General de la República. Sin embargo, aclaró que la responsabilidad fiscal por la destinación de dichas donaciones y la categorización de las mismas, respecto si son o no bienes de la entidad a la que le fueron donadas, solo puede ser investigada por la jurisdicción contencioso administrativa.

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