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Inhabilidad intemporal para acceder a permisos de uso del espectro radioeléctrico a personas condenadas es inconstitucional (4:02 p.m.)

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24 de Noviembre de 2016

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A través del comunicado de la Sentencia C-634 del 2016, la Sala Plena de la Corte Constitucional informó que la inhabilidad intemporal para acceder a los permisos de uso del espectro radioeléctrico de las personas que han sido condenadas a penas privativas de la libertad configura una restricción de derechos constitucionales desproporcionada e irrazonable. “Esto va en abierta contradicción con el carácter resocializador de la pena, así como con los fundamentos mismos del modelo democrático, como es la imposibilidad de establecer condiciones jurídicas desfavorables, a partir no de los hechos, sino de las presunciones o los perjuicios que sirven para edificar restricciones a los derechos constitucionales con vocación de perpetuidad”, concluye el comunicado. Por tal razón, el máximo juez de la Carta Política resolvió la inexequibilidad de numeral 4° del artículo 14 de la Ley 1341 del 2009 (M.P. Luis Ernesto Vargas).

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