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Estos son los datos que debe tener un certificado médico

29 de Noviembre de 2016

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Hay que comenzar explicando que no existe un formato establecido para la expedición de certificados médicos en lo relativo al estado de salud, tratamientos o actos médicos. (Lea: Costos de transporte por desplazarse a expedir certificados de defunción deben pactarse entre el médico y la IPS).

 

No obstante, el artículo 2.7.2.2.1.3.3 del Decreto 780 del 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Salud) dispone que deben contener, como mínimo, el lugar y fecha de expedición, persona o entidad a la cual se dirige, estado de salud del paciente, nombre e identificación del mismo, objeto y fines del certificado, nombre del profesional de la salud que expide, número de la tarjeta profesional y registro y firma.

 

De acuerdo con el anterior recuento normativo, es necesario indicar también que dicho certificado tiene los siguientes requisitos: que sea expedido por un profesional de la medicina y, además, debe ser claro, preciso, gozar de veracidad y contener como mínimo una serie de datos generales.

 

De ahí que los galenos que emitan certificados irregulares pueden verse expuestos a sanciones de tipo civil, penal y ético, concluyó un concepto reciente del Ministerio de Salud. (Lea: Estabilidad laboral reforzada para embarazadas también cobijaría a contratistas por prestación de servicios)

 

¿Los médicos pueden negarse a expedir una incapacidad?

 

Vale la pena recordar que no existe tampoco dentro de la normativa que regula el sistema General de Seguridad Social en Salud disposición alguna que exonere a los médicos o a las IPS de la responsabilidad de expedir el certificado de incapacidad sin causa justificada.

 

Según esta cartera, este es un documento que emite el médico y odontólogo tratante suscrito a la EPS del afiliado en el que debe constar, como mínimo, la inhabilidad, el riesgo que la origina y el tiempo de duración.

 

Ahora bien, si la incapacidad es concedida por una institución o profesional ajeno a la EPS, esta deberá transcribirla, es decir, trasladarla al formato oficial, pues para lograr el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas derivadas, la presentación de los requisitos y el cumplimiento del mencionado trámite se deben realizar bajo los parámetros establecidos por dichas entidades, según las oportunidades y mecanismos que se determinen para cada novedad.

 

Minsalud, Concepto 201611602153101, Nov. 18/16

 

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