Definen valores de referencia a pagar por servicios UCI de covid-19
19 de Junio de 2020
Dado que algunos territorios en el país ya presentan un aumento significativo de la ocupación de unidades de cuidado intensivo intermedio y de unidades de cuidado intensivo adulto, pediátrico y neonatal por causa del covid-19, resulta necesario para el Gobierno una regulación transitoria y excepcional de estos servicios.
El Ministerio de Salud estableció, mediante Resolución 914 del 2020, el valor de referencia que las EPS deben pagar a las IPS por servicios UCI para la atención de pacientes con covid-19 en los eventos en que en no exista acuerdo entre la EPS a la que está afiliado el usuario y el hospital o IPS privada que brinda estos servicios.
Para el caso en el que previamente existan acuerdos de voluntades entre la EPS y la IPS para los servicios de unidad de cuidado intensivo y unidad de cuidado intermedio adulto, pediátrico y neonatal se pagará la tarifa o valor pactado.
Sin embargo, de no existir acuerdo de voluntades entre asegurador y prestador se pagarán los siguientes valores:
Servicios |
Días estimados |
Valor total |
valor día |
Atención ámbito unidad intermedio adulto |
10 |
$ 15.870.133 |
$ 1.715.690 |
Atención ámbito UCI adulto |
14 |
$ 30.854.200 |
$ 2.373.400 |
Atención ámbito unidad intermedio pediátrico |
10 |
$ 16.455.676 |
$ 1.778.992 |
Atención ámbito UCI pediátrico |
14 |
$ 28.090.140 |
$ 2.160.780 |
Atención ámbito UCI neonatal |
14 |
$ 35.126.351 |
$ 2.702.027 |
Además, en procura de garantizar el flujo de recursos de los hospitales e IPS privadas y así garantizar la atención, oportunidad y calidad de la atención de los pacientes con covid-19, el Minsalud también estableció que una vez se confirme que el usuario requiere los servicios UCI la EPS deberá anticipar el 50 % del valor pactado en el acuerdo de voluntades o el 50 % del valor de la tarifa establecida en la resolución para el caso en el que no haya acuerdos entre asegurador y prestador.
Minsalud, Resolución 914, Jun. 11/20.
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