Conozca la reglas para lograr la paridad de género en los empleos de nivel directivo
03 de Abril de 2020
El Gobierno estableció las pautas para llegar a la meta del cuatrienio definida en las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, relacionada con la paridad en los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios del Estado.
Entonces, la participación de la mujer en los empleos de nivel directivo de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial se hará efectiva aplicando por parte de las autoridades nominadoras las siguientes reglas:
- Para el año 2020, mínimo, el 35 % de los cargos de nivel directivo serán desempeñados por mujeres.
- Para el año 2021, mínimo, el 45 % de los cargos.
- Para el año 2022, mínimo, será el 50 %.
Las reglas anteriores se deberán aplicar en forma paulatina, es decir, en la medida en que los cargos de nivel directivo vayan quedando vacantes. (Lea: ¿Y la equidad salarial de género para cuándo?)
Cuando para la nominación de cargos de nivel directivo concurran varias personas o entidades, se procurará que las mujeres tengan una adecuada representación, sin que esta sea inexorable. (Lea: El desempleo afecta más a las mujeres que a los hombres: Dane)
Vale la pena recordar que uno de los objetivos del pacto por la equidad de las mujeres, contenido en las bases del plan de desarrollo, es incrementar la participación de las mujeres en espacios de toma de decisión, escenarios políticos y cargos directivos de primer nivel dentro de la administración pública, para lo cual contempló como estrategia que el Departamento Administrativo de la Función Pública buscará la paridad en los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios del Estado colombiano. (Lea: ¿La Ley de Cuotas vulnera derechos de los hombres?)
DAFP, Decreto 455, 21/03/20.
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