CIDH solo buscaba resolver situación de Petro, no de sus votantes: Corte Constitucional (11:29 a.m.)
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23 de Abril de 2015
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La corporación determinó que los electores del alcalde Gustavo Petro carecían de legitimidad para exigir vía tutela el cumplimiento de las medidas cautelares en las que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ordenó suspender la destitución del burgomaestre. Explicó que solo el beneficiario de la decisión podría verse afectado por su no acatamiento, luego solo el propio alcalde podría haber invocado el amparo, de acuerdo con el numeral 3º del artículo 25 del reglamento de ese órgano internacional y las especificidades mismas de la resolución que se exigía cumplir. Anotó que la CIDH solo reconoció la probable lesión de derechos de los votantes como efecto colateral, pero no la tuvo en cuenta como fundamento de la decisión. Subrayó, finalmente, que la suspensión provisional de la sanción que impuso el Consejo de Estado debe dar lugar a entender que la medida cautelar de la CIDH no está siendo desconocida (M. P. Jorge Iván Palacio).
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