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Autonomía universitaria debe atender el principio de confianza legítima en el proceso de selección de profesores (2:22 p.m.)

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11 de Febrero de 2013

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Si bien las universidades públicas gozan de autonomía universitaria, la cual incluye la independencia y soberanía que de ella se desprende, también lo es que dicha autonomía no es absoluta. El Consejo de Estado se refirió a esta característica al tratarse de concursos de méritos, que deben estar acompasados con los postulados constitucionales del artículo 125 de la Carta Política, derivados del mérito como principio rector del acceso a la función pública. Por lo anterior, el alto tribunal señaló que los concursos de méritos para la elección de profesores deben atender los principios que los rigen, entre los cuales está la igualdad de oportunidades para acceder a cargos públicos. Finalmente, la Sala precisó que el artículo 23 del Acuerdo 006 de 1995 no elimina la posibilidad de que un docente activo pueda concursar para cambiar su dedicación de medio tiempo a tiempo completo (C.P. Luis Rafael Vergara Quintero).

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