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Aunque las corridas de toros estén permitidas, se prohibiría usar elementos que hieran o den muerte al animal (10:41 a.m.)

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04 de Agosto de 2016

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Esta es la principal propuesta de un proyecto de ley radicado por 19 representantes a la Cámara y que pretende reglamentar estos eventos. Aunque la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han afirmado que no se pueden prohibir las corridas de toros, por considerar esta práctica patrimonio cultural de la Nación, y que como consecuencia de ello la Ley de Protección Animal no restringió la materialización de dichas actividades, una propuesta presentada ante la Cámara pretende la reglamentación de las mismas. Así las cosas, los espectáculos de rejoneo, coleo, las corridas de toros, novilladas, corralejas, becerradas y tientas, así como las riñas de gallos, no podrán utilizar elementos que laceren, mutilen, hieran, quemen o den muerte al animal utilizado en la actividad. El alcalde o su delegado tendrían la responsabilidad de dar cumplimiento a las normas de protección animal y en caso de constatar que se utilizan dichos elementos ordenarían la suspensión del espectáculo. La iniciativa fue designada a la Comisión Quinta, en donde se llevará a cabo el primer debate.

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