17 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 8 minutos | ISSN: 2805-6396

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Alcaldes deberán determinar categorías de sus municipios anualmente

17 de Septiembre de 2024

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Nota:
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Fue promulgada una ley que modifica el artículo 6° de la Ley 136 de 1994 y establece un sistema de categorización que clasifica a los distritos y municipios según su población y los ingresos corrientes de libre destinación. Se busca una distribución más equitativa de los recursos y una mejor planificación en la gestión pública.

Los criterios de clasificación son claros, los municipios se dividen en diferentes grupos, desde grandes hasta intermedios, con especificaciones sobre el número de habitantes y los ingresos anuales. Por ejemplo, los municipios con más de 500.000 habitantes se consideran de categoría especial, mientras que aquellos con menos de 10.000 habitantes se clasifican en la sexta categoría. Esta estructura permitirá a los alcaldes tomar decisiones más informadas y adecuadas a las necesidades de sus comunidades. (Lea: Fortalecen el funcionamiento de las personerías municipales y distritales)

Además, la ley establece que los alcaldes deben emitir un decreto anualmente, antes del 31 de octubre, para determinar la categoría de su municipio. En caso de que no se cumpla con este plazo, el Contador General de la Nación asumirá la responsabilidad de fijar la categorización en noviembre. Este mecanismo busca garantizar que la clasificación se realice de manera oportuna y precisa, basándose en datos oficiales sobre ingresos y población.

Por último, la ley también contempla la asignación de recursos adicionales para municipios estratégicos, especialmente aquellos en la Amazonía y la Orinoquía que enfrentan desafíos únicos. Se destinarán $ 34.000 millones para financiar inversiones y gastos operativos, lo que permitirá a estos municipios mejorar su infraestructura y servicios. Con estas medidas, el Gobierno nacional busca fortalecer la capacidad administrativa de los municipios y promover un desarrollo más equilibrado en el país.

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