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Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Adoptan medidas para prevenir la discriminación por orientación sexual

05 de Marzo de 2018

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El Ministerio del Interior expidió, el pasado 1º de marzo, un decreto que establece el sello para promover entornos libres de discriminación por razones de orientación sexual o de identidad de género.

 

Con esta normativa se adiciona el Título 4º a la Parte 4º del Libro 2º del decreto único reglamentario del sector administrativo del Interior (Decreto 1066 de 2015), sobre los sectores sociales lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) y personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas. (Lea: Efectos en el tiempo de la sentencia que reconoció unión de hecho a parejas homosexuales)

 

Objeto

 

El objetivo de las disposiciones agregadas es adoptar medidas tendientes a prevenir la discriminación por orientación sexual e identidad de género diversa, para promover espacios libres de discriminación mediante la prevención de prácticas discriminatorias en el acceso y permanencia en establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público contra los sectores sociales LGBTI o personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

 

De igual forma, esta acción afirmativa busca contribuir a consolidar una sociedad que tiene como premisa vencer la exclusión social que la afecta desde un punto de vista material y objetivo, y simbólico y subjetivo, mediante la generación de procesos de transformación cultural que les permitan a estas personas superar la situación de confinamiento social.  (Lea: JUECES: Corte Suprema explica cómo es juzgar con perspectiva de género)

 

Acciones

 

Sin perjuicio de las sanciones penales y las establecidas en el Código de Policía y Convivencia, se promoverá la cultura ciudadana en pro de "entornos libres de discriminación" en todas las sedes de entidades estatales del orden nacional y territorial, y establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público, mediante las siguientes acciones:

 

i. Las entidades del orden nacional, las gobernaciones y las alcaldías municipales o distritales promoverán la concesión de un sello o marca simbólica: #AquiEntranTodos, con la cual demuestren que son un entorno libre de discriminación, en los siguientes eventos:

 

a) Si el propietario, poseedor o tenedor a cualquier título, administrador, encargado o responsable de las sedes de entidades estatales y establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público, voluntaria y expresamente suscribe con la alcaldía municipal o distrital un compromiso para mantener entornos libres de discriminación,

 

b) Si algun de las personas indicadas en el literal anterior, voluntaria y expresamente se compromete a desarrollar programas de formación continuo sobre los estándares para generar y mantener entornos libres de discriminación,

 

c) Si el propietario, poseedor o tenedor de las empresas y sujetos sometidos a la inspección y control de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, o el administrador, encargado o responsable del personal vinculado y el personal de seguridad, voluntaria y expresamente se compromete a desarrollar un programa de formación para generar entornos libres de discriminación, tanto en servicio al cliente como en los procesos de contratación laboral y de proveedores.

 

ii. Adicionalmente al compromiso voluntario, las entidades estatales y establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público tendrán en cuenta los mecanismos, rutas o protocolos de denuncia previstos en la política pública de prevención de violaciones a los derechos humanos contenida en este decreto, para detectar alertas tempranas, adoptar medidas urgentes o de emergencia y así prevenir y sancionar casos de discriminación.

 

Por otro lado, la normativa indicó que las alcaldías municipales o distritales, las gobernaciones y el Ministerio del Interior podrán establecer estímulos o incentivos para promover la cultura de la no discriminación y en ningún caso estos incentivos servirán para asignar puntaje en un proceso de selección de contratistas o en un programa estatal que implique calificación. (Lea: Uso de lenguaje para estigmatizar a una persona por su orientación sexual constituye acto discriminatorio)

 

Directrices

 

En el marco de sus competencias, las entidades del orden nacional, las gobernaciones y las alcaldías municipales o distritales podrán formular directrices y mecanismos de seguimiento y control al cumplimiento de este decreto y evaluar el nivel de compromiso con la cultura de la no discriminación.

 

Por su parte, el Ministerio del Interior diseñará programas de asistencia técnica, social y de apoyo y coordinará con las instituciones estatales y las entidades territoriales la elaboración, la ejecución y el seguimiento de las medidas adoptadas mediante este decreto.

 

Mininterior, Decreto 410, Mar. 1/18

 

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