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Actualizado hace 12 hours | ISSN: 2805-6396

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Actualizan tarifas de derechos por concepto del ejercicio de la función notarial

01 de Marzo de 2022

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Nota:
140015

Por medio de la Resolución 755, del pasado 26 de enero, la Superintendencia de Notariado y Registro actualizó las tarifas de los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial. En primer lugar, la norma señala que todos los actos que deban celebrarse por escritura pública, así como las copias que según la ley debe expedir el notario de los instrumentos y demás documentos que reposen en el protocolo, deberán expedirse en papel de seguridad.

Así las cosas, la autorización de las declaraciones de voluntad que de conformidad con la ley requieran de la solemnidad de escritura pública, al igual que la de aquellas que los interesados deseen revestir de tal solemnidad, causará los siguientes derechos:

(i) Actos sin cuantía o no determinable: los actos que por su naturaleza carezcan de cuantía o cuando esta no se pudiere determinar causarán la suma de $ 66.200. Para efectos del trámite notarial previsto en la Sentencia C-577/11 (matrimonio homosexual) se cobrará la misma tarifa.

(ii) Actos con cuantía: para aquellos actos cuya cuantía fuere igual o inferior a $ 189.700 se causará la suma de $ 22.500. A las sumas que excedan dicho valor se les aplicará la tarifa única del tres por mil.

(iii) Liquidación de herencias y sociedades conyugales: el trámite de liquidación de herencias ante notario y el de la liquidación de la sociedad conyugal cuya cuantía no exceda de 375,341247 UVT causará los derechos correspondientes a un acto sin cuantía. A las sumas que excedan dicho valor se les aplicará la tarifa única del 3,5 por mil.

Se causará la suma adicional de $ 4.100 por cada hoja del instrumento público utilizado por ambas caras, advirtiendo que en dicha liquidación queda incluido el papel de seguridad notarial que suministrará el notario.

En cuanto al testimonio escrito que corresponde rendir al notario, en la presentación personal y el reconocimiento de documento privado, en el de la autenticidad de firmas puestas en documentos previa confrontación de su correspondencia con la registrada en la notaría, en el de la autenticidad de firmas y huellas dactilares puestas en su presencia y en el de la autenticidad de fotografías de personas se causarán derechos a razón de $ 2.100 por cada firma o diligencia.

La identificación personal del usuario que, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, deba hacerse mediante la verificación de la huella dactilar por medios electrónicos y el correspondiente cotejo con la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil causará derechos por $ 3.500. Cuando el documento esté conformado por más de un folio, por cada hoja que forme parte del mismo, rubricada y sellada, se cobrará el 10 % adicional de la tarifa establecida para la autenticación de la firma, es decir, $ 200.  

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