Propósito y efectos del contenido de la orden ejecutiva de Trump sobre los activos virtuales
Tannia A. Valenzuela R.
Legal Counsel-Abroad
Con la reciente toma de posesión de Donald Trump como presidente de EE UU, se ha especulado sobre las diferentes órdenes que emitirá en sus primeros 100 días de gobierno, sin embargo y desde el 23 de enero de 2025, es un hecho la publicación de la orden ejecutiva de fortalecimiento del liderazgo estadounidense en tecnología financiera digital (Strengthening American leadership in digital financial technology), siendo esta una de las promesas de su campaña política.
El contenido de esta orden se divide en siete secciones. La primera señala el propósito de la orden ejecutiva, resaltando la importancia de la industria de activos digitales en el desarrollo económico del país, protegiendo a aquellos ciudadanos y empresas privadas que desarrollen blockchain en el ámbito financiero; protección que se hará a través de la no persecución y la creación de políticas regulatorias claras, siempre con la premisa de que tales actividades sostengan el fundamento de la soberanía del dólar norteamericano.
Con lo anterior, señala explícitamente la orden, el gobierno de EE UU tomará las medidas necesarias para proteger a sus ciudadanos de aquellas monedas que representen un riesgo contra la estabilidad de su moneda de curso legal. Es decir, prohibirá el establecimiento, emisión y circulación de los CBDCs dentro del país. Recordemos que estas son monedas digitales emitidas por los bancos centrales de todo el mundo, de manera que esta prohibición es una restricción no solo a las monedas digitales, sino a los gobiernos y jurisdicciones que desarrollen este tipo de activos. Con esta política Trump se asegura que ningún país se entrometa en la soberanía de su moneda, garantizando el respaldo único de su propio banco central.
En la segunda sección se definen los conceptos de activos digitales, incluyendo las criptomonedas, tokens digitales y monedas estables o “stablecoins”, así como la definición de los términos blockchain y de la moneda digital del banco central. Posteriormente, valiéndose de la sección tercera, se revoca la Orden Ejecutiva 14067, expedida en el gobierno de Biden (2002), la cual permitía la participación internacional en materia de activos digitales. Esta revocatoria es un claro mensaje a la prohibición de intromisión de cualquier país a la economía estadounidense a través de monedas virtuales, imponiendo nuevamente la soberanía de su gobierno y del dólar.
Consecuencialmente, la sección cuarta se refiere al establecimiento del grupo de trabajo definido por el presidente, que identificará las regulaciones y documentos orientativos necesarios para establecer las reglas de juego sobre el mercado de activos digitales. Si bien señala los funcionarios que harán parte de este grupo, aclara que el presidente podrá invitar a los jefes de departamento y agencias que considere pertinentes, para recibir recomendaciones sobre la regulación de la materia. Este grupo tendrá un máximo de 180 días para presentar las propuestas regulatorias y legislativas sobre la emisión y operación de activos digitales.
Dentro del término antes señalado, propone que dicho grupo pueda proponer la creación de una reserva nacional con los criptoactivos incautados legalmente por el gobierno federal, lo cual ha generado una serie de suspicacias y críticas, sobre el uso “doble moralista” de los activos digitales embargados por su uso en la ilegalidad, ahora aprovechados por el gobierno.
Repetitivamente y haciendo un mayor ahínco, en la sección quinta reitera la prohibición de uso, establecimiento o promoción de las CBDCs por parte de las agencias, dentro o fuera de la jurisdicción de EE UU.
Finiquitando en la sección sexta sobre la divisibilidad del mandato y, finalmente, en la sección séptima de disposiciones generales, se aclara que dicha orden no tiene por objeto la afectación o creación de beneficios a las partes que interactúan y son sujetas de la aplicación de la misma.
Pese a lo anterior, muchas han sido las críticas sobre la disposición antes descrita, al punto de que se llevó la discusión por parte del mismo Trump al foro de Davos. Asimismo, el partido Demócrata ha denunciado un posible conflicto de interés del presidente con la emisión de la orden y los países que emiten CBDCs y serán restringidos y bloqueados.
Será interesante y objeto de discusión y análisis, por supuesto, las nuevas órdenes ejecutivas emitidas dentro de sus primeros 100 días de gobierno, así como las recomendaciones que realice el grupo de trabajo y las implicaciones sobre los servicios digitales financieros que operan dentro y fuera de EE UU, lo cual pone en duda lo descrito en el comunicado de prensa de la Casa Blanca que promete hacer de EE UU “the crypto capital of the planet”.
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