Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Exoneración de responsabilidad civil por actividades peligrosas requiere probar una causa extraña

Se confirmó el daño a un zoocriadero de babillas que vio afectada la producción de pieles por detonaciones en una cantera.
233196
Imagen
anla-seguimiento-zoocriaderos(anla)

Anla.gov.co

24 de Abril de 2025

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Son tres los elementos esenciales para la declaratoria de responsabilidad civil: el hecho generador, el daño o perjuicio y el nexo de causalidad. En un caso de responsabilidad por actividades peligrosas, la Corte Suprema de Justicia señaló que el uso de explosivos corresponde a esta categoría y puede tener incidencia en los elementos mencionados.

El alto tribunal condenó al demandado al pago del lucro cesante y confirmó el daño emergente en favor del propietario de un zoocriadero de babillas, que vio afectada la producción de pieles de exportación por las detonaciones producidas en una cantera ubicada a 1 kilómetro. Afirmó que la única forma en que puede romperse la implícita presunción del daño es acreditando una causa extraña.

Y es que, en el régimen de responsabilidad por el ejercicio de actividades peligrosas, incumbe al demandado probar la causa extraña para romper con el concepto de relación de causalidad entre el hecho generador, la actividad riesgosa o peligrosa y el daño. De lo contrario, se configura la responsabilidad civil y nace la obligación de reparar.

En otras palabras, para exonerarse de responsabilidad, el guardián de la actividad peligrosa debe acreditar que el evento extraño es la causa irresistible y principal del daño. En el caso bajo análisis, la llamada en garantía pretendió cuestionar que hubiese existido siquiera el nexo causal en el plano material al negar que la onda hubiese sido percibida por las babillas o que hubiese siquiera alcanzado las piletas donde se ubicaban.

No obstante, existían medios de peso que indicaban lo contrario. La pasiva aportó, a lo sumo, medios de convicción que llevaban a proponer factores alternativos o concurrentes con las detonaciones que podrían explicar las agresiones. Con todo, ninguna de esas posibles causas se erigió en irresistible, imprevisible o exclusiva del daño, de manera que no se acreditó el rompimiento del nexo causal (M. P. Francisco Ternera Barrios).

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el documento soporte de esta noticia en el menú superior. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)