¿Un comunero puede ganar por prescripción el dominio de todo el inmueble?
27 de Mayo de 2022
Si bien nada impide a uno o varios condóminos adquirir por prescripción adquisitiva la titularidad sobre las participaciones de los demás propietarios en proindiviso, para lograr ese cometido se tienen que romper las barreras del cuasicontrato que conforman y los derechos que para cada uno surgen desde su constitución, de tal manera que se debe desvirtuar que la posesión sobre el bien o la universalidad en que recae se ejerce en su integridad por todos y para todos.
En el caso bajo estudio no se logró sustentar la posesión exclusiva de la usucapiente sobre el bien inmueble en donde funcionaba una iglesia, ya que como ella afirmó las erogaciones se pagaron con recursos proveniente de los diezmos, mas no de su propio peculio, lo que por demás se justifica por ser la tenedora a título gratuito del inmueble.
Así las cosas, para el alto tribunal, confunde con sus planteamientos la impugnante su condición de condueña con la de encargada de la administración de la iglesia, que son dos cosas distintas y podía ejercer de forma simultánea, como lo son el que actuara para sí en forma exclusiva, lo que estaba en la obligación de acreditar, o para la comunidad religiosa que cuenta con personería jurídica y es independiente de sus representantes o voceros. Aunque esas dualidades podrían incluso dejar en duda la calidad de poseedora exclusiva de la demandante, ya que desde un comienzo los comuneros suscribieron la escritura de compra del inmueble para desarrollar allí actividades de culto religioso (M. P.: Octavio Augusto Tejeiro Duque).
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