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Suministro de dispositivos médicos necesarios para aplicar medicamentos se rige por el derecho privado (10:46 a.m.)

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02 de Junio de 2016

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El suministro de dispositivos médicos necesarios para la aplicación de medicamentos, tales como nebulizadores, bombas y jeringas especiales, es un asunto netamente contractual entre el laboratorio que los comercializa y las entidades promotoras de salud (EPS) o las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), precisó el Ministerio de Salud. Estos contratos se rigen por las normas del derecho privado y por las solemnidades contenidas en los mismos, teniendo en cuenta el principio de autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1602 del Código Civil. Así las cosas, indicó la entidad, cualquier desacuerdo entre las ESP o IPS y los laboratorios con los que contratan el suministro de medicamentos con sus correspondientes dispositivos debe resolverse a la luz de lo pactado en el respectivo contrato.   

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