Si se cumplen requisitos, hay lugar al reconocimiento de la licencia de maternidad en eventos de subrogación de útero (8:20 a.m.)
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11 de Octubre de 2017
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El reconocimiento de la licencia de maternidad no puede supeditarse únicamente a la existencia de una madre, pues de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional cualquier condicionamiento de género sería considerado como discriminatorio, más teniendo en cuenta que se conecta de forma estrecha con los derechos fundamentales del menor. Así las cosas, precisó el Ministerio de Salud, aunque existen procedimientos que carecen de regulación específica, como sería el caso de la subrogación de útero, no se pueden desconocer los derechos del que está por nacer y el propósito legal y constitucional de la prestación económica solicitada, por lo que, verificado el cumplimiento de los requisitos pertinentes, habría lugar al reconocimiento. Esta licencia solo podría ser otorgada a uno de los padres que conformen una familia homoparental.
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