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¿Quién es el competente para conocer la demanda ejecutiva con base en facturas sin origen en contrato estatal?

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24 de Junio de 2020

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dirimió el conflicto negativo de competencias suscitado entre un juzgado promiscuo municipal de El Banco (Magdalena) y un juzgado administrativo del circuito de Santa Marta, para establecer la jurisdicción competente para conocer de una demanda ejecutiva singular presentada por una empresa de equipos médicos y un hospital de este municipio, con base en varias facturas. En tal sentido, la corporación explicó que si de esas facturas se revela la existencia de una relación generada por un contrato estatal entre ambas partes, el conocimiento de los procesos ejecutivos derivados de obligaciones contractuales le compete a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Pero si se trata de facturas cambiarias como título ejecutivo simple y no complejo, estas se ajustan a lo dispuesto para la ejecución de obligaciones ante la jurisdicción ordinaria civil, como lo prevé el artículo 422 del Código General del Proceso. Conozca el caso concreto y otras determinaciones en el documento adjunto (M. P. Carlos Mario Cano Diosa).

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