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Precisan jurisprudencialmente los requisitos formales del recurso de casación (3:57 p.m.)

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16 de Octubre de 2015

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia realizó una serie de precisiones jurídicas sobre los requisitos formales del recurso de casación consagrados en el artículo 374 del Código de Procedimiento Civil, para que sea interpuesto de manera adecuada por la parte interesada. Según el concepto de la Sala, “(i) se torna indispensable para el recurrente, por una parte, enfocar acertadamente las acusaciones que formule, con lo que se quiere significar que ellas deben combatir las genuinas razones, jurídicas o fácticas que soportan el fallo impugnado, (ii) que su actividad impugnaticia tiene que estar dirigida a derruir la totalidad de esos argumentos esenciales de la sentencia y (iii) la formulación de los cargos contra la sentencia recurrida se tienen que estructurar en forma clara y precisa, es decir, con estricto ceñimiento a las razones o fundamentos del fallo impugnado”. Finalmente, la corporación, después de enfatizar estas precisiones conceptuales, definió este medio de impugnación como una crítica simétrica, que debe entenderse como la coherencia lógica y por tanto jurídica entre los argumentos expuestos por el juzgador y las propuestas por el impugnante (M.P. Álvaro Fernando García Restrepo).

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