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Para probar el valor comercial de los bienes entregados en donación no sirve el avalúo catastral (11:29 a.m.)

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15 de Septiembre de 2010

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La Corte Suprema de Justicia señaló que el avalúo catastral es distinto del comercial, aunque ambos sean certificados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. La diferencia fundamental radica en que el avalúo catastral del bien busca fijar el monto de un tributo, mientras que el comercial establece la tasación del valor del bien en el mercado. La Sala Civil explicó que uno de los requisitos de validez del contrato de donación, según el artículo 3° del Decreto 1712 de 1989, consiste en acreditar en la escritura pública el valor comercial del bien. En esa medida, el requisito no se satisface con el aporte del certificado catastral, sino con el del avalúo comercial (M.P. Edgardo Villamil Portilla).

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