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Nulidad testamentaria requiere que la fuerza ejercida sobre el testador repercuta en las asignaciones

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30 de Noviembre de 2020

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Para que opere la invalidación de la memoria testamentaria con base en la fuerza, como elemento que vicia el consentimiento, resulta indispensable que la coacción ejercida sobre el testador quede reflejada en sus asignaciones, advirtió la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. La interpretación sistemática del artículo 1063 del Código Civil, sobre nulidad por fuerza, en concordancia con los artículos 1513 y 1514 del mismo estatuto, permite concluir que esa causal de nulidad testamentaria requiere que la fuerza ejercida sobre el testador haya tenido repercusión en las asignaciones dejadas en su última voluntad. Precisamente, indicó, el propósito de legislador ha sido el de propender por la estabilidad, firmeza y la cumplida ejecución de la última voluntad de quien decida disponer de sus bienes mediante alguna de las formas testamentarias establecidas. Por esa razón, únicamente son susceptibles de invalidar los actos solemnes de aquella en los errores en su otorgamiento que, sin ninguna duda, estructuren alguna de las precisas y concretas causales de nulidad consagradas en el ordenamiento jurídico y no cualquier otro vicio o irregularidad (M. P. Aroldo Wilson Quiroz).

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