La propiedad horizontal tiene las obligaciones propias de un empleador y responde por todos los conceptos
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18 de Junio de 2020
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Los trabajadores de la propiedad horizontal pueden ser vinculados mediante contrato de trabajo, de acuerdo a la naturaleza de las actividades que realicen, con excepción de la contratación de vigilancia, que debe hacerse a través de empresas de vigilancia privada. Por lo tanto, indicó el Ministerio del Trabajo, la propiedad horizontal tiene las obligaciones propias de un empleador o contratante y debe responder por todos los conceptos que genere una relación laboral, teniendo en cuenta que por el hecho de ser una persona jurídica de naturaleza civil y sin ánimo de lucro no tiene un tratamiento especial frente a las normas laborales y, en ese sentido, debe garantizar plenamente los derechos de los trabajadores a su cargo. Dentro del cumplimiento de la normativa laboral que le compete a la propiedad horizontal está adoptar el reglamento interno del trabajo.
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