Juntas de acción comunal deben llevar su contabilidad de acuerdo con los marcos técnicos normativos (4:31 p.m.)
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20 de Noviembre de 2017
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Las juntas de acción comunal son entidades privadas que deben llevar su contabilidad de acuerdo con los marcos técnicos normativos incluidos en el Decreto 2420 del 2015, modificado por el Decreto 2496 del mismo año, clasificándose en cualquiera de los tres grupos determinados por la normativa colombiana, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De otra parte, la entidad recordó que a partir del 1 de enero del 2016 el Decreto 2649 de 1993 quedó sin efecto para los grupos 1 y 3, con excepción de lo establecido en el párrafo 2 del numeral 3 del artículo 2.1.1 del Decreto 2420, por lo cual la contabilidad debe llevarse con base en el nuevo marco técnico normativo. Por lo tanto, no hay contabilidad colombiana distinta a los marcos vigentes para los tres grupos en el sector privado.
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