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Juez está obligado a desentrañar el verdadero y adecuado sentido de la demanda: Sala Civil

Fallador deber de interpretar demanda presentada por la víctima para que no interfiera en la reparación reclamada.
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27 de Agosto de 2021

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Al decidir un recurso extraordinario de casación, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia enfatizó que el juez tiene el deber de interpretar los hechos y pretensiones presentados por la víctima en su demanda, dotándolos del sentido necesario para que interfiera en menor medida con la procedencia de la reparación reclamada.

Lo anterior siempre y cuando esa hermenéutica no sea abiertamente incompatible con las manifestaciones del propio convocante en su escrito inaugural o sus modificaciones. (Lea: Valoración del dictamen pericial en casos de responsabilidad civil debe discriminar entre los daños atribuibles al demandado y los atribuibles a otras circunstancias).

Así las cosas, esto se traduce en que el juez está obligado a desentrañar el verdadero y adecuado sentido de la demanda, especialmente en aquellos eventos en los que la descripción fáctica incluida en esa pieza procesal sea ininteligible, sugiera un tipo de responsabilidad diferente del expresamente invocado en las pretensiones o evidencie un supuesto en el que los linderos entre el campo de aplicación de la responsabilidad contractual y el supuesto residual de la responsabilidad civil extracontractual no estén definidos plenamente.

Pero si lo que ocurre es que el convocante eligió de manera trasparente un camino procesal equivocado, esa intervención excepcional del funcionario se tornaría injustificada, pues el deber de interpretación no puede conducir a que la jurisdicción recomponga la estrategia procesal de los litigantes o la sustituya por otra más adecuada para la gestión de sus intereses.

 

Conozca todos los detalles del caso y otras precisiones en el texto adjunto (M. P. Luis Alonso Rico Puerta).

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