07 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil


Expectativa de un saldo a favor no permite compensar obligaciones tributarias (8:00 a.m)

14 de Agosto de 2017

Reproducir
Nota:
56909
Para que pueda utilizarse un saldo a favor para extinguir obligaciones tributarias a través de compensación, debe reflejarse en una declaración privada, pues de lo contrario no es posible disponer del mismo. El contribuyente que presenta un valor a pagar en una declaración del impuesto sobre las ventas puede utilizar un saldo a favor ya existente para compensar. Así las cosas, indicó la Dian, si tiene la mera expectativa de un saldo a favor en una declaración que todavía no ha presentado, es su decisión si no paga esa obligación. El no pago oportuno genera intereses de mora y da lugar al ejercicio legal de facultades de cobro por parte de la administración. El artículo 339 de la Ley 1819 del 2016 no modificó los términos del proceso de devolución y/o compensación ni los plazos de presentación y pago de las declaraciones tributarias, los cuales son fijados anualmente a través de decreto. 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)