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Establecer la procreación como uno de los fines del matrimonio sería inconstitucional (12:48 p.m.)

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03 de Julio de 2019

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Nuevamente, fue admitida en la Corte Constitucional una demanda contra el artículo 113 (parcial) del Código Civil, en relación con el término “procrear” como una de las finalidades del matrimonio. En efecto, para el demandante, como el contrato solemne de matrimonio tiene tres fines específicos (vivir juntos, procrear y auxiliarse mutualmente), cualquier inobservancia se entendería como un incumplimiento de alguna de las obligaciones derivadas de dicho contrato. Así, esto “obligaría a la parte que no se encuentra en la disposición de procrear a indemnizar a la otra parte contratante, siendo así violados sus derechos constitucionales”. Por lo anterior, solicita a la corporación judicial su declaratoria de inexequibilidad (demandante: Jorge Luis Gómez).

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