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En estos eventos se puede inadmitir la casación aunque reúna los requisitos legales

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30 de Junio de 2020

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Una providencia de la Corte Suprema de Justicia, que estudia el inciso final del artículo 336 del Código General del Proceso, precisa que la potestad de que la Sala Civil case una sentencia de oficio se presenta en los casos en que ella compromete “gravemente el orden o el patrimonio público, o atenta contra los derechos y garantías constitucionales”. También recordó la facultad para que se inadmita la demanda de casación que, aunque reúna los requisitos legales, esté dentro de alguno de los tres eventos que la norma contempla. Estos son los tres casos: (i) cuando exista identidad esencial del caso con jurisprudencia reiterada de la Corte, salvo que el recurrente demuestre la necesidad de variar su sentido; (ii) cuando los errores procesales aducidos no existen o, dado el caso, fueron saneados, o no afectaron las garantías de las partes, ni comportan una lesión relevante del ordenamiento y, finalmente, (iii) cuando no es evidente la trasgresión del ordenamiento jurídico en detrimento del recurrente (M. P. Ariel Salazar).

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