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Efecto jurídico del saneamiento automático del derecho de dominio de un bien inmueble es la titularidad del Estado (4:24 p.m.)

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16 de Septiembre de 2015

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El titular de un derecho real no es desmejorado por la declaratoria del saneamiento automático del derecho de dominio de un bien inmueble, por cuanto recibe a cambio el valor asignado o pactado por parte del Estado. En este evento, el efecto jurídico de la declaratoria en mención es la titularidad del derecho de dominio en cabeza del Estado, libre de todo gravamen, limitación o afectación, indicó la Superintendencia de Notariado y Registro. Teniendo en cuenta que el saneamiento solo procede respecto de lo adquirido por parte del Estado, cuando la adquisición conlleva el fraccionamiento del predio de uno de mayor extensión, solo se entiende saneada la parte desenglobada, es decir, que el predio de mayor extensión continúa con sus gravámenes, limitaciones y/o afectaciones vigentes, en caso de tenerlas, indicó la entidad.

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