Demandan norma sobre beneficios especiales a funcionarios de carrera diplomática y consular, por discriminación
De acuerdo con el actor, la norma es discriminatoria porque entiende por compañero o compañera permanente a la persona de sexo diferente que haya hecho vida marital con el funcionario durante un lapso no inferior a dos años.19 de Octubre de 2022
La Corte Constitucional admitió una demanda en contra del numeral 6 del artículo 62 de la Ley 274 del 2000, norma que consagra beneficios especiales para los hijos del cónyuge o compañero permanente de los funcionarios pertenecientes a la carrera diplomática y consular.
De acuerdo con el demandante, reconocer únicamente las parejas heterosexuales como forma válida de matrimonio dentro de la carrera diplomática y consular representa discriminación del Estado hacia las parejas homosexuales, que gozan de los mismos derechos que cualquier otro ciudadano, y que conforman una clara vulneración a las libertades sexuales y civiles de los funcionarios diplomáticos que hacen parte del colectivo LGBTI (Demandante: Juan José Forero Narváez).
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