13 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 3 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Conozca la sentencia que suspende vigencia del Código General del Proceso en Pasto (10:58 a.m.)

12 de Febrero de 2016

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Nota:
105438
La Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto tuteló, como mecanismo transitorio, el derecho fundamental al trabajo en condiciones dignas de un grupo de funcionarios judiciales que reclamaron porque la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura no previó los recursos y condiciones necesarios para afrontar la oralidad civil en el distrito judicial de la capital de Nariño. Para la sala, el Acuerdo 10392, que anticipó la vigencia de la oralidad en Pasto, vulneró el derecho al trabajo en condiciones dignas de los jueces de la jurisdicción civil y de familia de esa ciudad, “teniendo en cuenta que se emitió sin verificar o constatar que se cumplieran las exigencias previstas en el artículo 67 del Código General del Proceso (CGP), causándose un perjuicio irremediable por la inminencia y gravedad de sus efectos, lo que habilitó la intervención del juez constitucional de tutela”. El fallo ordena suspender el acuerdo para el distrito judicial de Pasto con efectos transitorios, hasta que los demandantes presenten las acciones correspondientes ante lo contencioso administrativo, para lo cual se concedió un plazo de dos meses. Así mismo, el tribunal instó al Consejo Superior para que dote a los juzgados de los recursos físicos y tecnológicos necesarios con el propósito que exista una correcta implementación de este nuevo sistema procesal en la jurisdicción ordinaria civil (M.P. Blanca Lidia Arellano)

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