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Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Condicionan disposiciones del decreto que reguló la prestación del servicio de comisarías de familia en época de covid-19

06 de Octubre de 2020

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Nota:
118476

La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 1 del Decreto Legislativo 460 del 2020, que dictó medidas para garantizar la prestación del servicio a cargo de las comisarías de familia dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica. Lo anterior salvo los literales n) y o), los cuales condicionó en el entendido de que la obligación de difusión gratuita a cargo de las emisoras comunitarias también aplica a las radiodifusoras públicas. Igualmente, declaró exequible el artículo 2, excepto el parágrafo, que se declaró inexequible. Finalmente, dispuso la exequibilidad de los artículos 3, 4, 5 y 6 del decreto. A juicio de la Corporación, los literales n) y o) crean un trato diferenciado injustificado entre esa categoría específica de emisoras y las radiodifusoras públicas, lo que vulnera el principio de igualdad de trato y de proporcionalidad. Lo anterior toda vez que estas últimas cuentan con mayor capacidad para la difusión gratuita de información y respecto de las cuales la norma de excepción no les impone tal deber. En el documento anexo encontrará todos los argumentos del alto tribunal constitucional (M. P. Alberto Rojas Ríos).

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