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Actualizado hace 2 días | ISSN: 2805-6396

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Competencia oficiosa de la Sala Civil frente a la casación es exigible ante situaciones con enfoque de género

16 de Septiembre de 2021

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Con base en varias providencias precedentes y a través de una sentencia de unificación, la Sala Plena de la Corte Constitucional enfatizó cuatro aspectos relevantes sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia por razón del género, así:

  1. Que existe un derecho de la mujer a vivir libre de violencia por razón del género.
  1. Que entre las violencias que enfrenta la mujer se encuentra la económica, la cual se hace latente en el momento en que se pone término a las uniones que se entablen por vínculos civiles o maritales.
  1. Que las autoridades judiciales están llamadas a incorporar en el análisis de los casos el enfoque de género en aras de atribuir un contexto apropiado de discriminación, así como desplegar sus facultades probatorias para determinar la existencia de cualquier tipo de violencia que afecte a las mujeres.
  1. Que si una mujer fue víctima de violencia es necesario implementar un mecanismo que garantice su reparación.

Adicionalmente, la corporación aseguró que en diferentes providencias ha señalado que los jueces están en la obligación de eliminar cualquier forma de discriminación contra de la mujer y, por esa razón, es obligatorio para las autoridades judiciales incorporar criterios de género al solucionar los casos.

 

 

Casación oficiosa

 

El alto tribunal también advirtió que la facultad de selección oficiosa del recurso de casación en cabeza de la Corte Suprema de Justicia debe interpretarse bajo el entendido de que las decisiones de no seleccionar sentencias para este trámite deben motivarse de manera suficiente y con fundamento en elementos de debate relacionados con los fines de la casación, sin perjuicio de la posibilidad de interponer la acción de tutela contra estas decisiones.

De no ser así, podrían comprometerse derechos como el acceso efectivo a la administración de justicia, la prevalencia del derecho sustancial y el debido proceso, en relación con el deber de motivación de las providencias judiciales. (Lea: Corte Suprema debe aplicar enfoque de género al estudiar procedibilidad del recurso de casación)

               

Así mismo, esta sentencia de unificación explicó que la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema al momento de analizar el fondo de una demanda relacionada con situaciones que reclaman un estudio con enfoque de género deberá tener presente los objetivos de la casación oficiosa.

Según el artículo 336 del Código General del Proceso, uno de ellos es proteger las garantías constitucionales, lo que significa aplicar directamente la Constitución Política para dar un enfoque de género al caso que permita corregir las desigualdades históricas a las que se ha enfrentado la mujer y, también, asegurar la protección de las garantías superiores, especialmente el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en razón al género.

En conclusión, afirmó que las competencias oficiosas de la Sala de Casación Civil, para admitir o resolver una demanda de casación, son exigibles ante situaciones que reclaman un estudio con enfoque de género y la protección del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia por razón del género (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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